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ACTUALIZACIÓN: Recogida ilícita de datos relativos a la salud personal de los alumnos

ACTUALIZACIÓN: Recogida ilícita de datos relativos a la salud personal de los alumnos

Con la publicación en el Boletín Oficial del Decreto Ley 7 de enero de 2022, n.1, la situación en las escuelas superó con creces la distopía. El legislador decidió una vez más tratar de atentar contra la privacidad de nuestros niños al acostumbrar a conocer el estado vacunal de los menores.
Sin embargo, el intento del gobierno encuentra límites establecidos por el propio legislador, no sin una esquizofrénica proliferación de notas ministeriales, pero aún así se han establecido límites precisos y estos, aunque inestables, deben mantenerse para salvaguardar y proteger la integridad psicofísica de nuestros niños.

La cuestión surge del art. 4 del Decreto Legislativo 1/2021, en el que trataban de gestionar los casos positivos en el sistema educativo, escolar y formativo. La presencia de dos casos de positividad en el aula, “para quienes demuestren haber completado el ciclo de vacunación primaria o haberse curado menos de ciento veinte días o haber realizado la dosis de refuerzo, se aplica autocontrol, con el uso de mascarillas tipo FFP2 y con docencia presencial. Para los demás sujetos, no vacunados o no curados en los plazos antes señalados, se aplica la docencia digital integrada con una duración de diez días”.

Cuatro renglones en un Decreto Ley mal concebido y se han abierto filas de directivos y docentes para pedir el estado de vacunación de los menores y esto desafiando cualquier ley de privacidad y el mismo artículo 4 del Decreto Legislativo 1/2021.

La diferencia en el manejo de la cuarentena vale exclusivamente con dos casos de positividad en el aula de secundaria y en el sistema de educación y formación profesional, ni uno, ni tres y ni siquiera de manera preventiva, además tiene un valor para aquellos que "dan demostración de haber completado el ciclo de vacunación" y no necesariamente para todos. No sólo eso, independientemente del caso de que se trate, estos datos deberán ser tratados únicamente en el momento en que existan dos casos positivos y por quienes tengan la calificación específica de "Controlador de datos " y no por cualquiera!

Dicho todo esto, hemos preparado dos cartas para ser enviadas vía e-mail o e-mail certificado al instituto/escuela que solicitó indebidamente estos datos y te explicamos la diferencia a continuación, para que elijas el camino correcto:

  1. La primera carta/advertencia también contiene informes contextuales a los órganos competentes. Luego enviarás un e-mail/pec al instituto, con copia a la Dirección Regional Escolar (obviamente debes indicar la de tu región), al MIUR y al Garante de Privacidad. La solicitud por parte de no responsables del tratamiento, la gestión extra del caso de dos casos de positividad en el aula o la mera solicitud verbal del estado vacunal, presupone que los datos pueden haber sido recabados y archivados y por ello no sólo es un apercibimiento de no solicitarlo, pero también se solicita la cancelación de cualquier dato en poder del docente, directivo o escuela.
  2. La segunda carta/advertencia es válida como la primera pero no informa al garante. Lo recomendamos para aquellos que quieran enviarlo con antelación, antes de que se hayan solicitado dichos datos.

Debemos oponernos enérgicamente a cualquier voluntad de transformar la escuela en un receptáculo de la ilegalidad y el poder excesivo de las instituciones, pero también de contraatacar pidiendo y pretendiendo tener confirmación de que se está procesando los datos relativos a la vacunación anti Covid-19 de menores y / o empleados, obtener acceso a toda la información exigida por la ley en cuanto a las finalidades del tratamiento y, sobre todo, solicitar la cancelación inmediata de todos los datos que estén en su poder ya que su tratamiento es ilícito.

Espera, el momento es difícil, mucho más allá de la comprensión ordinaria.

Bastón Corvelva

PD: Queremos agradecer al Comité de Colibríes de Puglia que elaboró ​​las bases para la advertencia.


Primera letra / advertencia

Segunda carta / advertencia

 

Corvelva

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